EL YAGUATENSE.NET,RD.El Tribunal Constitucional presidido por el
juez Milton Ray Guevara, desestimó este lunes una acción de amparo que
interpuso el expelotero de Grandes Ligas, José
Antonio Rijo Abreu, con
el fin de recuperar una serie de bienes que le incautó la Unidad
Antilavado de la Procuraduría General de la República.
El tribunal a través de la sentencia
072-14, declaró inadmisible la acción de amparo presentada por Rijo
Abreu, contra la Unidad Antilavado de Activos de la Procuraduría General
de la República, por existir otra vía efectiva conforme a lo
establecido en el artículo 70.1, de la ley número 137-11.
EL TC entendió que la vía para someter ese reclamo es el juez de la instrucción del Distrito Judicial de Samaná.
Las autoridades de la Unidad de Lavado de Activos
de la Procuraduría, mediante el auto jurisdiccional número 324-2011
del Juzgado de Instrucción del Distrito Judicial de Samaná, le incautó
varios bienes muebles e inmuebles al ex lanzador de Grandes
Ligas, entre ellos el Gran Aparta Hotel Las Galeras.
Rijo Abreu accionó en amparo ante la Cámara Penal
del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santa Bárbara
de Samaná, con la finalidad de que se ordene a dicho departamento la
entrega de los bienes muebles e inmuebles incautados.
Ese tribunal rechazó la acción, mediante la
sentencia número 0039/2012, porque el accionante no pudo probar que se
le violentaron sus derechos fundamentales, por lo cual Rijo Abreu
interpuso un recurso de revisión ante el TC, con el propósito de que sea
anulada la sentencia del tribunal de primera instancia y ordene la
inmediata devolución de todos sus bienes.
En ese sentido, los jueces del tribunal presidio
Ray Guevara acogieron en cuanto al fondo el recurso de revisión sometido
por el ex lanzador de grandes ligas y revocó la sentencia
número 0039/2012, de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Judicial de Samaná, la acción de amparo la declaró
inadmisible.
Autor: TERESA CASADO
