EL YAGUATENSE.COM,RD.-La Cámara de Diputados rechazó este
miércoles las observaciones que introdujo el Poder Ejecutivo a la Ley General
de Salario del sector público, que establece un sueldo al presidente de la
República de 450 mil pesos y 300 mil a los ministros.
Al rechazar las observaciones al proyecto, quedó
automáticamente convertido en Ley ya que la legislatura termina este viernes.
Un total de 109 diputados votaron a favor para rechazar las
enmiendas al proyecto, hechas por Leonel Fernández al final de su mandato
presidencial, mientras que sólo dos estaban a favor de las observaciones.
El presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez,
dijo que acogiendo un mandato constitucional, motivó a los diputados para que
votaran por el rechazo a las observaciones del Poder Ejecutivo, por entender
que “viene a quitar las distorsiones aberrantes que por décadas han existido en
los salarios de los servidores públicos”.
La enmienda establece que los funcionarios del Banco
Central no podrán tener tarjetas de crédito, y que a sus gastos de
representación, de combustible y teléfono se les aplicarán todos los
dispositivos de la ley, excepto en los salarios.
La ley fija un tope de 400 mil pesos al mes para los
presidentes del Senado, Cámara de Diputados, Suprema Corte de Justicia y el
Tribunal Constitucional.
En tanto que los titulares de la Cámara de Cuentas,
Procurador General de la República, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo,
devengarán $350 mil, y el Contralor General de la República 300 mil
pesos.
Transparente
El presidente de los diputados, Abel Martínez significó que
el proyecto tal y como lo había aprobado la Cámara de Diputados, trae consigo
la revolución positiva de las escalas salariales en la administración pública
que se ha realizado en los diferentes gobiernos.
“No es para quitar, sino para transparentar, para corregir,
por lo que creo que es la oportunidad que en el día de hoy rechacemos las
observaciones que hizo el Poder Ejecutivo”, precisó Martínez.
Significó que con el rechazo se le da al Estado Dominicano
el instrumento necesario para que establezca normas y que el Ministerio de la
Administración Pública disponga de un marco jurídico para regular los salarios
en el sector público.
“Esta normativa es un instrumento eficaz que el país
hace años vienen pidiendo. Desde hoy contaremos con una ley consensuada,
debatida y que transparentará el accionar del Estado, y para que no haya
injusticia en los salarios que devengan los funcionarios del Gobierno”.
Contenido de la ley
La ley limita el uso de tarjetas de créditos con cargo al
Estado al Presidente y Vicepresidente de la República; a los presidentes de las
Cámaras legislativas, Suprema Corte de Justicia y titulares de órganos de
origen constitucional.
Establecerá como salario tope para el presidente de la
República RD$450 mil; para el del Senado, la Cámara de Diputados, Suprema Corte
de Justicia y el Tribunal Constitucional RD$400 mil; Tribunal Superior
Electoral RD$375 mil; Cámara de Cuentas RD$350 mil; ministros, Procurador
General de la República, el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo y el
Contralor General RD$300 mil y el Defensor del Pueblo RD$250 mil.
Los gastos de representación quedarán limitados hasta un
monto máximo de hasta el 15% del salario o sueldo base del funcionario,
exceptuando al Presidente y Vicepresidente de la República, los presidentes de
las Cámaras legislativas, presidente de la Suprema Corte de Justicia, Tribunal
Constitucional, Tribunal Superior Electoral, Cámara de Cuentas y la Junta
Central Electoral.
La asignación de combustible corresponderá al diez por
ciento del salario, exceptuando al Presidente y Vicepresidente. En los demás
poderes se establecerá con un reglamento.
Se establece que los funcionarios públicos no podrán
percibir ninguna remuneración con cargo del Estado, distinta a la propia de su
puesto de trabajo y no podrán ejercer otras funciones que conlleven el pago de
prestaciones o remuneraciones provenientes de otras fuentes, excepto las
docentes, culturales, deportivas o de investigación.
Esto significa que los legisladores no podrán recibir
dietas ni viáticos por asistencia a las sesiones y a las reuniones de
comisiones. Ni los funcionarios designados tampoco por otras gestiones ligadas
a sus cargos.
Autor: RAMON RAMOS